Catálogo de las palabras y expresiones de uno o varios textos que son difíciles de comprender, junto con su significado.

A

ARL: Entidades aseguradoras de vida que desarrollan sus actividades con los seguros laborales; es decir, son aseguradoras que cubren riesgos de tipo laboral.

ARS: La Administradora del Régimen Subsidiado son entidades públicas, privadas o mixtas que administran los recursos del Régimen Subsidiado de Seguridad Social en Salud. Su función es asegurar a la población beneficiaria, expedirle el carné y organizar la prestación de los servicios del POS (Plan Obligatorio de Salud). Las ARS pueden ser Cajas de Compensación Familiar, Empresas Solidarias de Salud o Entidades Promotoras de Salud (EPS)

Acudiente: Persona acompañante o tutor de paciente que requiere la atención médica.

Atención inicial de Urgencias: Son aquellas intervenciones realizadas a una persona con patología de urgencia y que tiendan a estabilizarla en sus signos vitales, realizar un diagnóstico de impresión y definirle el destino inmediato, tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia.

Atención Domiciliaria: Modalidad de actuación realizada por uno o más de los integrantes del equipo de salud en el domicilio del paciente.

Atención Ambulatoria: Atención o cirugía que se ofrece sin tener que quedarse durante la noche en un hospital u otro centro médico.

Atención Especializada: Consultas con médicos especialistas (ginecólogo, pediatra, cirujano, etc.).

Autorización: Es un soporte físico que emite la EPS para la atención de los servicios de salud Especializados para los Afiliados.

Auditoria en salud: La Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud, es uno de los cuatro componentes del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad, y se define como el mecanismo sistemático y continuo de evaluación y mejoramiento de la calidad observada con respecto de la calidad esperada de la atención de salud que reciben los usuarios.

Asociación de Usuarios: Agrupación de personas que se organizan alrededor de las Instituciones Prestadoras de Servicios IPS y las Empresas Promotoras de Salud EPS, para velar por el cumplimiento de los derechos de los usuarios y por la prestación de servicios con calidad, oportunidad y trato digno.

B

BDUA: Es la base que contiene la información de los afiliados plenamente identificados, de los distintos regímenes del Sistema de Seguridad Social en Salud. (Régimen Subsidiado, Contributivo y Regímenes especiales).

Beneficiarios: Personas que pertenecen al grupo familiar del afilado al sistema. Reciben beneficios en salud luego de ser inscritos por el cotizante.

C

Consentimiento Informado: Documento que el paciente o una persona responsable debe firmar para dar autorización por escrito antes de que le realicen algunos tratamientos, exámenes y/o procedimientos.

Contra referencia: Es la respuesta que las IPS receptoras de la referencia, dan al organismo o la unidad familiar. La respuesta puede ser la contra remisión del usuario con las debidas indicaciones a seguir o, simplemente, la información sobre la atención recibida por el usuario en una institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.

Cirugía: Se refiere a la Práctica médica que consiste en la manipulación mecánica de estructuras anatómicas mediante instrumental quirúrgico, con la finalidad de realizar un tratamiento o un diagnóstico. La cirugía también se refiere a una especialidad de la medicina.

Consulta Externa: Es la atención regular de salud impartida por personal calificado a una persona no hospitalizada ni en el Servicio de Urgencias. El cliente tiene que pedir cita con el médico general y esperar a que este lo refiera al especialista. Es el servicio más voluminoso de la atención de salud. Implica apertura y uso de expediente individual de salud.

Copago: Los copagos son los aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema. Se cobra sólo a los afiliados beneficiarios (familiares del cotizante). NO se paga en: Actividades de promoción y Prevención, Atención Inicial de Urgencias y Enfermedades catastróficas.

Cuota Moderadora: Las cuotas moderadoras tienen por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS.

D

Diagnóstico: Proceso mediante el cual se establece el estado de salud y/o de situación de individuos, familias, grupos o comunidad, así como los factores que lo determinan.

E

EPS: Es la Empresa o empresas encargadas de promover la afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, las cuales no prestan servicios médicos, sino que promueven dichos servicios a usuarios en un esquema de aseguramiento. Las personas se afilian a las EPS para luego ser atendidas en clínicas y hospitales, las cuales brindan los servicios médicos.

EAPB: Se entiende por Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) las  Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, Empresas Solidarias de Salud, las Asociaciones Mutuales en sus actividades de Salud, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Cajas de Compensación Familiar en sus actividades de salud, las Entidades que administren planes adicionales de salud, las entidades obligadas a compensar, las entidades adaptadas de Salud, las entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud y las universidades en sus actividades de salud.

Epicrisis: Es el resumen de la historia clínica del paciente que ha recibido servicios de urgencia con observación o de hospitalización.

Empresa Social del Estado (ESE): Es una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, cuyo objeto es la prestación de servicios de salud. EPS.

F

Fosyga: Es Una cuenta adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social manejada por cargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia, cuyos recursos se destina a la inversión en Salud.

Formula Medica: Formato donde se registra el tratamiento definido por el médico para el manejo ambulatorio del paciente, generalmente corresponde a las indicaciones farmacológicas, en dosis, intervalos y tiempo de tratamiento, también debe incluir el diagnóstico y la próxima revisión. Cuando se trata de medicamentos de control, debe contener además la dirección, el teléfono, el Nº de documento de identidad, en todos los casos debe tener la firma del médico tratante y el registro medico con sello.

H

Historia Clínica: Formato donde se registra el tratamiento definido por el médico para el manejo ambulatorio del paciente, generalmente corresponde a las indicaciones farmacológicas, en dosis, intervalos y tiempo de tratamiento, también debe incluir el diagnóstico y la próxima revisión. Cuando se trata de medicamentos de control, debe contener además la dirección, el teléfono, el Nº de documento de identidad, en todos los casos debe tener la firma del médico tratante y el registro medico con sello.

Hospitalización: Proceso en el cual por las condiciones del paciente se requiere de una atención dentro del hospital para su evaluación y manejo, definida por el médico.

I

IAMI: La Estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia con enfoque Integral, IAMII es una estrategia de gestión para la atención integral de la población materna e infantil en las instituciones de salud.

IPS: Todas las instituciones en Colombia que prestan los servicios médicos de consulta, hospitalarios y clínicos. Una IPS es contratada por las entidades promotoras de salud – EPS para que cumpla con los planes y servicios que estas ofrecen (promueven) a sus usuarios, pero son las EPS las encargadas de cancelar todos los gastos médicos que sus pacientes generen a las IPS.

Interconsulta: Es la solicitud elevada por el profesional o Institución de salud, responsable de la atención al usuario a otros profesionales o Instituciones de salud para que emitan juicios y orientaciones sobre la conducta a seguir con determinados usuarios, sin que estos profesionales o Instituciones asuman la responsabilidad directa de su manejo.

M

Medicamento: Es aquél preparado farmacéutico obtenido a partir de principios activos, con o sin sustancias auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica que se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación de la enfermedad. Los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, por cuanto éstos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado.

O

Orden Medica: Es un documento escrito donde el médico prescribe servicios y/o tratamientos para el paciente.

Oportunidad en la Atención de Salud: Situación en la cual una prestación (consulta, estudio complementario, tratamiento…) que el paciente necesita, es proporcionada en el momento más beneficioso respecto de la evolución del caso.

Orden de servicio: Es la solicitud de realización de actividades de apoyo diagnóstico y/o tratamiento entre una Institución y otra. Para lo anterior pueden referirse: personas, elementos o muestras biológicas y productos del ambiente.

P

POS: Plan Obligatorio de Salud no es ni más ni menos que la totalidad de servicios relativos a la atención sanitaria y las prestaciones de índole económico a las que tiene derecho en caso de necesidad todo ciudadano colombiano que se encuentre afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Dichos servicios son proporcionados por las Entidades Promotoras de Salud (EPS).

Paciente: Es el sujeto que recibe los servicios de un médico u otro profesional de la salud y se somete a un examen, a un tratamiento o a una intervención.

Procedimiento: Secuencia lógica de un conjunto de actividades realizadas dentro de un proceso de promoción y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

Procedimiento no quirúrgico: Operación manual y/o instrumental con fines diagnósticos ó terapéuticos, que no implica la manipulación física e invasiva del cuerpo humano.

Procedimiento quirúrgico: Operación manual y/o instrumental con fines diagnósticos ó terapéuticos, que implica la manipulación física e invasiva del cuerpo humano.

R

RIPS: El Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS, es el conjunto de datos mínimos que el Sistema General de Seguridad Social en Salud requiere para los procesos de dirección, regulación y control para el servicio. Estos datos identifican las actividades de salud que realizan las IPS o profesionales independientes de salud.

Régimen Contributivo: Es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.

Régimen Subsidiado: Es un conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población pobre y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

Remisión: Procedimiento por el cual se transfiere la atención en salud de un usuario a otro profesional e Institución con la consiguiente transferencia de responsabilidad Médico-legal o Profesional sobre el cuidado del mismo, de acuerdo con el nivel de resolución para dar respuesta a las necesidades de salud.

Reingreso: Es la necesidad de nueva atención al paciente para abordar el mismo motivo de consulta inicial.

S

Seguridad del Paciente: Es el conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos y metodologías basadas en evidencias científicamente probadas que propenden por minimizar el riesgo de sufrir un evento adverso en el proceso de atención de salud o de mitigar sus consecuencias.

Sisben: Es el sistema que, a través de una encuesta, se obtiene información de las personas acerca de su situación socioeconómica con el fin de clasificar la población que se beneficiará con la afiliación al Régimen Subsidiado.

SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Es un seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte. El seguro en el más estricto sentido repara el daño causado al asegurado, pero en el caso del SOAT no sólo al asegurado y a los ocupantes de un vehículo, sino también a los peatones que pudieran verse afectados por un accidente de tránsito, en atención a su esencia netamente social. En el caso del SOAT el beneficiario es la sociedad en su conjunto.

T

Triage: Es donde se realiza la clasificación de la gravedad, sintomatología y problema de salud que presenta un paciente cuando llega al servicio de urgencias y que permite definir la prioridad de la atención. Esta clasificación se realiza a través de la valoración del médico o enfermero profesional, quienes identifican qué enfermedades requieren atención inmediata para priorizarlas sobre aquellas que pueden esperar.

U

Unidad de Cuidados Intensivos (UCI): Es una sección especializada de los hospitales que se preocupa de dar medicina intensiva a personas que necesitan cuidados de manera más urgente. Esta unidad cuenta con equipamiento y médicos especializados y, según los recursos y las necesidades de los hospitales, éstos también pueden contar con cuidados intensivos en áreas específicas de medicina.

Usuario: El usuario es la persona que utiliza y elige los servicios de salud.

Urgencia: Es la alteración de la integridad física y/o mental de una persona, causada por un trauma o por una enfermedad de cualquier etiología que genere una demanda de atención médica inmediata y efectiva tendiente a disminuir los riesgos de invalidez y muerte.